Boe-a-2017-1373 Ley 4 2016, De 15 De Diciembre, De Transparencia Y Buen Gobierno De Castilla-la Mancha

C) Dar información parcial u omitir o manipular información importante, con el propósito de influir en la formación de la opinión ciudadana. B) Garantizar que la información proporcionada es completa, correcta y fidedigna. 3.º El compromiso de proporcionar información actualizada y no ilusoria en el instante de la inscripción en el Registro y de sostenerla actualizada de manera permanente. 2.º El deber de no obtener ni intentar conseguir la información o influir en la toma de resoluciones de manera inmoral.

El Portal de Transparencia va a poder ser usado por los órganos y centros directivos responsables de la prestación del servicio, como espacio para realización de las investigaciones previstas en el número previo y como instrumento para su propaganda. D) Facilitar el saber del derecho vigente, para lo que debe llevar a cabo contenidos escritos consolidados de las reglas modificadas de único valor informativo, en los que se señalará su naturaleza y se identificarán las reglas que se afianzan. B) Obtención de un marco normativo previsible, estable y fácil de saber y comprender para los ciudadanos y los agentes económicos y sociales, de forma que la aprobación de la novedosa norma conlleve, como norma establecida una simplificación del ordenamiento jurídico vigente. H) Formas de participación de la gente usuarias.

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Disposición adicional primera. Transparencia, buen gobierno y ingreso a la información pública de las Cortes de Castilla-La Mancha y de las instituciones enlazadas a exactamente las mismas. Sin embargo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de esta ley, los estatutos podrán predecir un porcentaje superior, incluso la libertad de actuación, de operaciones con terceros no socios, en tal caso tal previsión estatutaria debe entenderse sin perjuicio de las consecuencias establecidas en la normativa fiscal y sectorial que fuere de app en cada caso». Aparte de los libros de contabilidad que resulten obligatorios, todas las partes va a deber llevar un libro registro de personas y entidades asociadas de la sección adscritos a exactamente la misma, un libro registro de las participaciones voluntarias a la sección y el libro de actas de las reuniones de personas y entidades asociadas de la sección.

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Para la adopción de pactos en la reunión general, la norma establecida va a ser la de que cada persona y entidad asociada dispondrá de un voto. No obstante, los estatutos podrán vaticinar un sistema de voto plural ponderado proporcional a la participación del socio en la actividad cooperativizada total de la cooperativa, con un límite máximo de cinco votos totales y sin que se pueda atribuir a un solo colega mucho más de un cuarto del total de votos de la cooperativa. Deberá acreditarse documentalmente en el momento de la constitución o, en su caso, modificación estatutaria que suponga la adopción de la clase rural, la realización eficaz de las ocupaciones dentro en el objeto popular de exactamente la misma. El capital popular mínimo con el que puede formarse una microempresa cooperativa no va a ser inferior a 3.000 euros y deberá estar íntegramente suscrito y desembolsado, por lo menos, en un cincuenta por ciento.

«1. El Fondo de Reserva Obligatorio está destinado a la consolidación, avance y garantía de la cooperativa y es irrepartible entre los socios/as, salvo si los estatutos sociales de manera expresa establecieran que el mencionado fondo tuviere un carácter parcialmente repartible, en cuyo caso estos estatutos establecerán de manera expresa el porcentaje en que va a ser repartible, que en ningún caso podrá sobrepasar el cincuenta por ciento del mismo. Ese reparto tendrá rincón siempre en el instante de la disolución de la cooperativa o anteriormente sólo con motivo de la baja o separación justificada de la socia o socio y, en un caso así, siempre que la asociada o socio saliente hubiere continuado al menos cinco años en su condición. A las contrataciones de personas trabajadoras no socias en las microempresas cooperativas de trabajo asociado ya constituidas a la entrada en vigor de la ley, les va a ser aplicable lo preparado en el producto 8. Cuando en los estatutos sociales se opte por el orden indefinido, deberán festejarse con carácter obligación, al menos, dos asambleas generales en cada uno de los ejercicios.

Ley 4/2016, De 15 De Diciembre, De Transparencia Y Buen Gobierno De Castilla-la Máculaver Artículo Consolidado

Caso de que el órgano de administración se configure como un consejo rector, éste va a estar compuesto, cuando menos, por los cargos de Presidenta/e y Asesora/o si la cooperativa dispone únicamente de dos asociados/as. El voto de quien ocupe la presidencia dirimirá los empates. El voto de las personas socias colaboradoras, si las hubiere, será un voto ponderado proporcional a la cuantía de sus participaciones sociales, sin que la suma total de los derechos de voto de estos en la reunión general logre exceder, en ningún caso, del treinta por ciento de los votos presentes y representados en cada votación asamblearia. Para el ejercicio de las competencias colegiadas de la Comisión Ejecutiva y la Comisión Consultiva del Consejo, se va a estar a lo preparado en su norma de organización y funcionamiento y, en defecto de previsión, se aplicarán las reglas de la normativa estatal sobre los órganos agremiados de las distintas gestiones públicas. C) La orientación y consejos a quienes lo pidan en el ejercicio del derecho de acceso y la asistencia a aquellas en la búsqueda de la información.

La publicación de la información se actualizará el último día de cada mes y expresará la fecha valor del último día del mes anterior y saldo medio de dicho mes. G) Algún otro que se constituya reglamentariamente, en el campo de su autonomía, por las instituciones eficientes. Y también) Las convocatorias de adjudicaciones de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública que promuevan, así como el resultado de exactamente las mismas. B) La información contenida en los Registros de Programas de Actuación Urbanizadora y de Entidades Urbanísticas Colaboradoras. M) Las penalidades impuestas por incumplimiento de los contratistas.

B) Detallar el género de reutilización aplicable a la información que contiene e integrar un aviso legal sobre las condiciones de la reutilización. F) Utilizar la información obtenida, sin necesidad de autorización previa y sin más ni más limitaciones que las derivadas de esta u otras leyes. Y también) Saber los motivos de inadmisión o denegación de sus peticiones de ingreso, o del ingreso parcial o mediante una modalidad distinta a la solicitada. C) Datos estadísticos sobre el importe global y el porcentaje en volumen presupuestario de las subvenciones y ayudas públicas concedidas, tanto de forma directa, como anterior convocatoria pública. B) La relación de ayudas y subvenciones concedidas a lo largo de cada ejercicio, señalando órgano, importe, propósito o finalidad y beneficiarios. L) La relación de contratos resueltos, con indicación de las causas que motivan la resolución y sus efectos.

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La profunda crisis económico-financiera que ha sacudido a Europa en estos últimos años, ha resultado ser un nuevo factor catalizador para imponer la apertura de los datos públicos. Disposición adicional octava. Regulaciones particulares del derecho de acceso a la información pública. Predisposición adicional tercera.

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A) Incumplir la obligación de actualizar la información susceptible de publicidad activa establecida en esta ley, cuando dicho incumplimiento no tenga la cuenta de infracción muy grave o grave. F) Desechar sin motivación las solicitudes de ingreso a la información pública. Y también) Omitir el trámite de audiencia de los terceros damnificados por las solicitudes de ingreso a la información pública, cuando estos se hallen claramente identificados. 6.º Información pública de las actuaciones de los conjuntos de interés, especialmente de las reuniones y audiencias celebradas con altos cargos o asimilados y de las comunicaciones, los informes y otras contribuciones con relación a las materias tratadas. A) La gente y organizaciones que constituyen grupos de interés conforme a lo preparado en el artículo 43 de esta ley, independientemente de su forma o estatuto jurídico.

La proporción que representa el déficit/superávit público de la Comunidad Autónoma sobre el PIB regional. L) Los proyectos económico-financieros aprobados para el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, de deuda pública y de la regla de gasto. D) La normativa vigente de la Comunidad Autónoma, que mantendrá permanentemente actualizada y a disposición de la ciudadanía. A) Las directivas, normas, pactos, circulares o informes y respuestas a consultas planteadas por los particulares u otros órganos en la medida en que supongan una interpretación del Derecho o tengan efectos jurídicos. Los planes y programas, tal como sus ediciones, se publicarán en la manera y plazos que se determinen reglamentariamente. B) Acuerdos o acuerdos reguladores de las condiciones de trabajo y convenios colectivos vigentes, tal como otros instrumentos en los que se fije el cumplimiento de objetivos y las cantidades, en su caso, vinculados a dicho cumplimiento.